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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 291409
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 787
ACUSACIONES PENALES.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 787
Las que tiene por fundamento el hecho de que el Ministerio Público clasifique, de modo diverso que el Juez, el delito que ya ha sido materia de un proceso, constituyen una violación del artículo 14 constitucional.
Precedentes
Amparo penal en revisión. Sánchez Marín Francisco. 11 de marzo de 1918. Mayoría de cinco votos. Ausente: Agustín de Valle. Excusa: Santiago Martínez Alomía. Disidentes: Alberto M. González, José María Truchuelo, Enrique Colunga y Enrique M. de los Ríos. La publicación no menciona el nombre del ponente.