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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 291417
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 794
ACTOS CONSENTIDOS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 794
Contra los que, conforme a la ley tienen ese carácter, no es procedente el amparo, a menos que importen una pena corporal o alguno de los actos prohibidos por el artículo 22 de la Constitución.
Precedentes
Amparo penal. Revisión del auto de sobreseimiento. López José. 12 de marzo de 1918. Mayoría de diez votos. Disidente: Manuel E. Cruz. La publicación no menciona el nombre del ponente.