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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 291423
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 798
FRAUDE.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 798
Lo caracteriza la circunstancia de que la cosa pase al ladrón con el consentimiento del dueño, aunque ese consentimiento esté viciado por el engaño, pero no deja de ser consentimiento, hasta que se descubre el dolo que acompaña siempre a la entrega de la cosa.
Precedentes
Amparo penal directo ante la Suprema Corte. Herrera José María. 12 de marzo de 1918. Mayoría de seis votos. Excusa: Agustín Urdapilleta. Disidentes: Enrique García Parra, Enrique Moreno, Victoriano Pimentel y Enrique M. de los Ríos. La publicación no menciona el nombre del ponente.