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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 291471
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 861
APREHENSION, ORDEN DE.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 861
La que se dicta, desatendiendo pruebas de inculpabilidad que no se han destruido, es violatoria de los artículos 14 y 16 constitucionales.
Precedentes
Amparo penal en revisión. Escribano Máximo. 15 de marzo de 1918. Mayoría de diez votos. Disidente: Manuel E. Cruz. La publicación no menciona el nombre del ponente.