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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 291501
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 899
DELITO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 899
No puede existir por la simple falta de observancia de lo preceptuado por el artículo 123 constitucional, ni se ha dictado reglamento alguno, de ese artículo, que señale penas para los transgresores de sus disposiciones.
Precedentes
Amparo penal en revisión. Janet Jesús. 20 de marzo de 1918. Unanimidad de nueve votos. Ausente: Enrique M. de los Ríos y Enrique García Parra. La publicación no menciona el nombre del ponente.