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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 291529
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 981
AMPARO, TERMINO PARA LA INTERPOSICION DEL.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 981
No puede considerarse extinguido si, antes de que expire, el quejoso ocurre a interponer ese recurso ante una autoridad judicial federal, a quien, por error, juzga competente.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del auto en que se desechó la demanda de amparo. Nolasco Manuel. 23 de marzo de 1918. Unanimidad de ocho votos. Ausentes: Enrique M. de los Ríos, Enrique García Parra y Manuel E. Cruz. La publicación no menciona el nombre del ponente.