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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 291556
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 1028
DOCUMENTOS, BASE DE LA ACCION.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 1028
Las leyes procesales civiles, al exigir que el actor presente con la demanda los documentos en que funde su acción, se refiere al caso en que tales documentos existan, y de ningún modo exigen, ni pueden exigir, que se acompañen a la demanda documentos que jamás han existido.
Precedentes
Amparo civil en revisión. Trillo Villaseñor Manuel. 26 de marzo de 1918. Mayoría de seis votos. Ausente: Enrique Moreno. Disidentes: Enrique Colunga, Santiago Martínez Alomía, Agustín Urdapilleta y Manuel E. Cruz. La publicación no menciona el nombre del ponente.