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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 291587
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 1049
IMPROCEDENCIA DE UN AMPARO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 1049
No cabe declararla por las deficiencias de los títulos de propiedad, en que se funde la demanda, pues deben aceptarse éstos como bastantes, desde el punto de vista constitucional, cuando el que los presenta ha sido reconocido como propietario del predio que amparan, por las autoridades señaladas como responsables, y ha estado en posesión del inmueble; porque el amparo dista mucho de ser un juicio reivindicatorio.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. De Salceda y Echave Rafael G. 3 de abril de 1918. Mayoría de seis votos. Disidentes: Manuel E. Cruz, Enrique García Parra, Santiago Martínez Alomía, Victoriano Pimentel y José María Truchuelo. La publicación no menciona el nombre del ponente.