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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 291624
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 1110
SUSPENSION.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 1110
Debe concederse, si los perjuicios que se originan al quejoso con negarla, son difícilmente reparables y mayores que los beneficios que pueda obtener un tercero, con la ejecución del acto.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del auto de suspensión. El Presidente Municipal y el Síndico del Ayuntamiento de Tlalixtac de Cabrera. 6 de abril de 1918. Mayoría de siete votos. Ausente: José María Truchuelo. Disidentes: Alberto M. González, Agustín Urdapilleta y Enrique M. de los Ríos. La publicación no menciona el nombre del ponente.