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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 291635
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 1126
INTERDICTO DE RECUPERAR LA POSESION.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 1126
Para los efectos del amparo, no constituye recurso pendiente, si se entabló con anterioridad al hecho motivo del amparo, o si la materia del interdicto es distinta de la del acto reclamado.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Verduzco Maximino y coagraviado. 10 de abril de 1918. Unanimidad de diez votos. Ausente: José María Truchuelo. La publicación no menciona el nombre del ponente.