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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 291674
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 1168
CONTRATOS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 1168
Los legalmente celebrados, deben ser puntualmente cumplidos, y la resolución que los declara caducos, a instancia de uno solo de los contratantes, es violatoria del artículo 14 constitucional.
Precedentes
Amparo civil directo interpuesto ante la Suprema Corte. "Martínez Hermanos, S. en C.". 15 de abril de 1918. Mayoría de seis votos. Excusa: Agustín de Valle. Disidentes: José María Truchuelo, Enrique Colunga, Enrique García Parra y Enrique Moreno. La publicación no menciona el nombre del ponente.