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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 291720
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 1230
ULTIMO DOMICILIO DEL AUTOR DE LA HERENCIA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 1230
Son presunciones, que en conjunto forman probanza, de que estuvo dentro de la jurisdicción de un Juez, que se ha avocado al juicio sucesorio, que, al asegurar los bienes, se hayan inventariado los muebles y ropa de uso personal y los libros de contabilidad, llevados en el lugar; las declaraciones oficiales hechas poco antes de la muerte, de que su domicilio estaba allí; la residencia de parientes cercanos en el lugar, y la traslación de su cadáver al mismo, para inhumarlo.
Precedentes
Competencia. Suscitada entre el Juez de Primera Instancia del Partido de Catorce, Estado de San Luis Potosí, y el Alcalde Segundo, en funciones de Juez de Letras, de Doctor Arroyo, Estado de Nuevo León. 23 de abril de 1918. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: Enrique Moreno y Enrique Colunga. La publicación no menciona el nombre del ponente.