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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 291722
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 1229
COMPETENCIAS DE JURISDICCION.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 1229
De las que se susciten entre los Jueces de dos Estados, es competente para conocer la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Precedentes
Competencia. Suscitada entre el Juez de Primera Instancia del Partido de Catorce, Estado de San Luis Potosí, y el Alcalde Segundo, en funciones de Juez de Letras, de Doctor Arroyo, Estado de Nuevo León. 23 de abril de 1918. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: Enrique Moreno y Enrique Colunga. La publicación no menciona el nombre del ponente.