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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 291747
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 1258
REVISION.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 1258
Puede hacerla la Suprema Corte, de las resoluciones de un Juez de Distrito, en juicio de amparo, cuando, por su naturaleza grave y trascendental, reclamen la inmediata intervención de la misma Corte.
Precedentes
Queja en materia civil. Andonaegui de Núñez Sara. 25 de abril de 1918. Unanimidad de ocho votos. Ausentes: Enrique Colunga, Santiago Martínez Alomía y Enrique García Parra. La publicación no menciona el nombre del ponente.