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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 291768
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 1286
CONSIGNACION A LA AUTORIDAD JUDICIAL.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 1286
No existe violación de garantías en el hecho de no hacerla del que, conforme a la legislación penal aplicable, no tiene el carácter de delincuente.
Precedentes
Amparo civil interpuesto directamente ante la Suprema Corte. Gómez Ezequiel. 29 de abril de 1918. Unanimidad de diez votos. Ausente: Manuel E. Cruz. La publicación no menciona el nombre del ponente.