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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 291772
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 1290
TERCEROS PERJUDICADOS POR EL DELITO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 1290
Los Jueces del orden penal no pueden resolver sobre las reclamaciones que aquéllos presenten, al decretar la restitución de la cosa robada y dentro de la tramitación especial establecida para este objeto.
Precedentes
Amparo penal en revisión. Jean Adrián. 29 de abril de 1918. Unanimidad de diez votos. Ausente: Manuel E. Cruz. La publicación no menciona el nombre del ponente.