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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 291913
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 1499
ACLARACION DE DEMANDA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 1499
Su omisión no es motivo de improcedencia, si el quejoso ha señalado con claridad el acto reclamado.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del auto de improcedencia. Palacio de Cabada Rosa y Cabada J. G. 4 de junio de 1918. Unanimidad once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.