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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 291945
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 1547
ORDEN DE APREHENSION.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 1547
No es violatoria de garantías, la dictada por autoridad judicial, en virtud de denuncia de un hecho que la ley castiga con pena corporal, y que esté apoyada en datos que hagan probable la responsabilidad del acusado.
Precedentes
Amparo penal en revisión. Stevens Benjamín E. 10 de junio de 1918. Unanimidad de diez votos. Ausente: Enrique M. de los Ríos. La publicación no menciona el nombre del ponente.