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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 291957
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 1562
FACULTAD ECONOMICO COACTIVA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo II; Pág. 1562
Se contrae la ley respectiva, únicamente, a la parte de pura formalidad, para hacer efectivo el pago de los impuestos; pero no faculta a la autoridad administrativa para decidir cuestiones de propiedad, a que estén sujetos los bienes de los causantes; ni para decidir quién debe hacer un pago, cuando tal punto esté controvertido.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Gómez viuda de Vera Rita. 12 de junio de 1918. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.