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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 292031
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo I; Pág. 50
COMPETENCIA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo I; Pág. 50
La tienen los Jueces de Distrito para conocer de amparos promovidos contra actos de autoridad distinta de la judicial, de actos de ésta ejecutados fuera de juicio o después de concluido, o de actos en el juicio cuya ejecución sea de imposible reparación o que afecte a personas extrañas a él.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del auto que desechó la demanda. Arteaga Cecilio. 4 de agosto de 1917. Mayoría de ocho votos. Disidentes: Victoriano Pimentel y Enrique Colunga. La publicación no menciona el nombre del ponente.