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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 292082
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo I; Pág. 74
CONSTITUCION DE 1917.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo I; Pág. 74
No se expidió para reconsiderar los actos de un periodo anormal, ni para remediar las contingencias de la guerra o para restablecer en sus puestos a los empleados del gobierno usurpador, sino para que fuese en lo futuro la norma a que deberían sujetar sus actos gobernantes y gobernados.
Precedentes
Amparo penal directo ante la Suprema Corte. Rivera G. José Antonio. 25 de agosto de 1917. La publicación no menciona la votación ni el nombre del ponente.