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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 292105
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo I; Pág. 254
SUSPENSION DEL ACTO RECLAMADO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo I; Pág. 254
La pedida contra cobro de impuestos, sólo puede decretarse previo el depósito de la cantidad que se cobre, en la misma oficina recaudadora.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Noriega Eduardo. 30 de agosto de 1917. Mayoría de diez votos respecto al primer punto resolutivo, y de seis votos respecto al segundo punto resolutivo. Disidentes: José María Truchuelo, Santiago Martínez Alomía, Agustín Urdapilleta, Enrique Moreno Manuel Cruz y Victoriano Pimentel. La publicación no menciona el nombre del ponente.