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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 292140
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo I; Pág. 318
AMPARO, JUICIO DE.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo I; Pág. 318
No cabe contra actos ejecutados antes del primero de mayo de 1917, tanto porque equivaldría a aplicar retroactivamente una ley posterior, como porque no podría violarse una Constitución que no existía aún.
Precedentes
Amparo penal, interpuesto directamente ante la Suprema Corte. Miranda Flores Antonio. 14 de septiembre de 1917. Mayoría de seis votos. Disidentes: Enrique Moreno, Agustín de Valle, Victoriano Pimentel y Enrique García Parra. La publicación no menciona el nombre del ponente.