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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 292168
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo I; Pág. 358
COSA JUZGADA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo I; Pág. 358
Sólo existe en una sentencia cuando ésta es el resultado de una contienda judicial, y no tienen tal carácter las resoluciones dictadas en los casos de jurisdicción voluntaria.
Precedentes
Amparo civil interpuesto directamente ante la Suprema Corte. Robles Francisco. 29 de septiembre de 1917. Mayoría de ocho votos. Disidentes: Enrique Colunga, Enrique García Parra, Victoriano Pimentel. La publicación no menciona el nombre del ponente.