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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 292180
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo I; Pág. 391
RATIFICACION DE LA DEMANDA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo I; Pág. 391
Por falta de ella, dentro del término legal cuando se interpone telegráficamente, procede imponer al demandante una multa, a menos que se trate de pena de muerte, pérdida de libertad personal o de cualquiera otro de los actos prohibidos por el artículo 22 de la Constitución Federal.
Precedentes
Queja en amparo administrativo. Empresa Hidroeléctrica de Apulco. 2 de octubre de 1917. Unanimidad de ocho votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.