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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 292200
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo I; Pág. 412
SUSPENSION DEL ACTO RECLAMADO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo I; Pág. 412
Debe concederse siempre que, pedida por el quejoso, no se causen daños o perjuicios a la sociedad, al Estado o a un tercero y sean de difícil reparación los que se causen al agraviado, si se ejecuta el acto.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del auto de suspensión. Lara García Piedad. 6 de octubre de 1917. Mayoría de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.