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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 292201
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo I; Pág. 412
FIANZA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo I; Pág. 412
La que el tercer perjudicado otorga ante la autoridad responsable para que se lleve adelante la resolución que motiva el amparo, no puede surtir los mismos efectos que la que debe otorgarse ante la autoridad federal para obtener la ejecución del acto reclamado.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del auto de suspensión. Lara García Piedad. 6 de octubre de 1917. Mayoría de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.