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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 292221
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo I; Pág. 434
MULTA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo I; Pág. 434
Es potestativo para la Suprema Corte revocar la impuesta por un Juez de Distrito.
Precedentes
Amparo penal en revisión. Diéguez Manuel. 12 de octubre de 1917. Mayoría de nueve votos, por lo que hace al primer punto resolutivo. Disidentes: Agustín de Valle, José María Truchuelo, Santiago Martínez Alomía, Agustín Urdapilleta y Enrique García Parra. La publicación no menciona el nombre del ponente.