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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 292238
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo I; Pág. 463
SUSPENSION DEL ACTO RECLAMADO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo I; Pág. 463
Es procedente cuando, pedida por el quejoso, no se sigan por ella daños o perjuicios a la sociedad, al Estado o a un tercero, y sean de difícil reparación los que se causen al agraviado con la ejecución del acto.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del auto que concedió la suspensión. Chan de González María Eulogia. 13 de octubre de 1917. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.