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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 292260
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo I; Pág. 493
PROTESTA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo I; Pág. 493
La falta de ella contra la resolución que se estima violatoria de garantías, es motivo bastante para reputar consentida, por parte del quejoso, tal resolución.
Precedentes
Amparo civil interpuesto directamente ante la Suprema Corte. Jorge M. Oldemburg, Sucesores. 19 de octubre de 1919. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.