Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/292263
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 292263
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo I; Pág. 499
SUSPENSION DEL ACTO RECLAMADO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo I; Pág. 499
Es procedente siempre que con la ejecución del acto se causen al agraviado daños o perjuicios de difícil reparación, sin que con la suspensión pueda haber perjuicio alguno para la sociedad, el Estado o un tercero.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del auto que negó la suspensión. Alí. 20 de octubre de 1917. Mayoría de diez votos. Disidente: Agustín Urdapilleta. La publicación no menciona el nombre del ponente.