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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 292320
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo I; Pág. 622
COMPETENCIA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo I; Pág. 622
Sólo la tiene la Suprema Corte para conocer, directamente o en única instancia, de los amparos promovidos contra resoluciones judiciales que tenga el carácter de sentencias definitivas.
Precedentes
Amparo administrativo indebidamente interpuesto ante la Suprema Corte. Caballero Luis G. 3 de noviembre de 1917. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.