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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 292483
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo I; Pág. 838
PENA CORPORAL.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo I; Pág. 838
No se entiende consentida la sentencia que la impuso, por el hecho de interponerse amparo contra ella, después de quince días de notificada.
Precedentes
Amparo penal directo interpuesto ante la Suprema Corte. Chávez Luis. 21 de diciembre de 1917. Unanimidad de diez votos. Ausente: Agustín Urdapilleta. La publicación no menciona el nombre del ponente.