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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 292523
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo I; Pág. 888
ARTICULO 32 CONSTITUCIONAL.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo I; Pág. 888
No es ley privativa, porque no se refiere a determinados individuos, sino que establece un precepto de carácter general, cual es el de exigir la calidad de mexicano por nacimiento a todo aquel que desee formar parte de la marina nacional de guerra o desempeñar alguno de los más altos cargos en la marina mercante.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Ibargüen Victoriano y coagraviados. 24 de diciembre de 1917. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: Agustín Urdapilleta y Enrique García Parra. La publicación no menciona el nombre del ponente.