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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 292646
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXII; Pág. 327
DESPOJO, EL DELITO DE, EXISTE AUNQUE LA COSA USURPADA SEA DUDOSA O ESTE EN DISPUTA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXII; Pág. 327
Si en el sumario está probado que el quejoso contrariando la posesión judicial que se dio al ofendido, volvió a ocupar el inmueble, resulta irrelevante que alegue que el citado bien sea propiedad nacional y no del ofendido, ya que el delito de despojo existe aun cuando la posesión de la cosa usurpada sea dudosa o esté en disputa.
Precedentes
Amparo directo 3574/56. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 10 de junio de 1957. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Rodolfo Chávez Sánchez.