Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/292647
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 292647
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXII; Pág. 341
DROGAS ENERVANTES, DELITO DE POSESION DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXII; Pág. 341
La circunstancia de que el quejoso antes de ser aprehendido, al ver a los policías que lo capturaron, se echara a correr y tratara de ocultar la bolsa que contenía la mariguana que le fue recogida, son indicios que configuran plenamente su responsabilidad en el delito de posesión de enervantes previsto por el artículo 194 fracción I del Código Penal Federal, sin que pueda valer en contrario el hecho que sea toxicómano, pues no es admisible que la yerba, por la cantidad de que se trata, la poseyera exclusivamente para la satisfacción de su vicio, sino para otros fines que al incrementar la toxicomanía perjudican gravemente a la sociedad.
Precedentes
Amparo directo 6467/56. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 12 de junio de 1957. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Carlos Franco Sodi.