Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/292658
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 292658
- Clave de tesis
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXII; Pág. 392
APELACION EN MATERIA PENAL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXII; Pág. 392
Cuando una sentencia tiene diversos fundamentos y sólo se ataca uno de ellos, los restantes quedan firmes aun en el supuesto de que prospere la tesis contra aquél. Y ante la absolución que causa estado por imposibilidad de revisarla de oficio o de suplir los agravios del Ministerio Público para quien rige el principio procesal de tantum devolutum quantum apellatum, el tribunal de alzada no tiene otro camino que declarar esto devolviendo los autos para ejecutar la absolución fundada en razones que no dieron materia al recurso.
Precedentes
Amparo directo 3734/55. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 14 de junio de 1957. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Genaro Ruiz de Chávez.