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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 292685
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXII; Pág. 477
IMPRUDENCIA, INEXISTENCIA DE LA MODALIDAD DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXII; Pág. 477
Quien encontrándose en estado de ebriedad dentro de una taberna, desenfunda su pistola y tras de amagar a los presentes golpea con ella el mostrador y se produce un disparo cuyo impacto lesiona a uno de los parroquianos, no puede válidamente sostener la causal de imprudencia, porque el daño resultante fue consecuencia necesaria y notoria del acto que motivó la infracción; y menos aún si el disparo fue precedido de una injuria para el lesionado, circunstancia que denota intencionalidad.
Precedentes
Amparo directo 1563/57. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 27 de junio de 1957. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Luis Chico Goerne.