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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 292693
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXI; Pág. 15
ACUMULACION DE PROCESOS, IMPROCEDENCIA DE LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXI; Pág. 15
Si no aparece en los autos constancia de la existencia de otro proceso ni tampoco de que el acusado o su defensor hayan solicitado la acumulación, como el juzgador no está obligado a decretarla, el no haberlo hecho no constituye una violación de garantías en contra del acusado.
Precedentes
Amparo directo 1306/56. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 5 de enero de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rodolfo Chávez Sánchez.