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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
292708
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXI; Pág. 89

DELITOS, CLASIFICACION DE LOS, NO ES INCONSTITUCIONAL EL ARTICULO 385 DEL CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES QUE FACULTA PARA CAMBIARLA, A LA JURISDICCION QUE CONOZCA DE LA APELACION CONTRA EL AUTO DE FORMAL PRISION.

[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXI; Pág. 89

Precedentes

Amparo directo 2548/56. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 11 de enero de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rodolfo Chávez Sánchez.
Registro digital (IUS): 292708