Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/292715
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 292715
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXI; Pág. 119
DERECHOS AGRARIOS, PRIVACION DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXI; Pág. 119
La privación de tales derechos sólo puede decretarse por el Presidente de la República, previo juicio seguido por el Departamento Agrario.
Precedentes
Amparo directo 5923/54. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 17 de enero de 1957. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Luis Chico Goerne.