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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 292770
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXI; Pág. 233
RIÑA. EXCLUYE LA LEGITIMA DEFENSA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXI; Pág. 233
Si el quejoso manifestó que fue atacado de improviso, cuando iba al lado de su agresor, puede decirse que en ese momento sí existió peligro inminente para dicho acusado, dada su proximidad y el arma empleada por el occiso pero resulta inconcuso que el peligro dejó de existir si corrió hacia adelante poniéndose fuera del alcance de su agresor; por lo que el hecho de sacar la pistola y regresar, demuestra la aceptación por su parte de la contienda, pero en un plano de agresividad, si sostiene que le hizo frente y le disparó lesionándolo en la cabeza, en esa virtud resulta incuestionable que la existencia de la legítima defensa se desvirtúa, y cabe concluir que el homicidio se cometió en riña siendo el acusado el provocado.
Precedentes
Amparo directo 2855/56. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 29 de enero de 1957. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Carlos Franco Sodi.