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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 292789
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXI; Pág. 279
RATIFICACION DE DOCUMENTOS EXHIBIDOS EN AMPARO DIRECTO, IMPOSIBILIDAD DE LA SUPREMA CORTE EN CASO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXI; Pág. 279
Esta Suprema Corte, no tiene facultades para desahogar o despachar diligencias de ratificación de documentos exhibidos por el quejoso en su demanda de garantías, y menos aún, para receptarlas, toda vez que su función esencial reside en el examen de lo hecho o actuado, al través del filtro de la constitucionalidad.
Precedentes
Amparo directo 2340/56. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 2 de febrero de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.