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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 292818
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXI; Pág. 461
RIÑA, DATOS QUE REVELAN LA EXISTENCIA DE LA (LEGISLACION DEL ESTADO DE NUEVO LEON).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXI; Pág. 461
Si existían antecedentes de predisposición para la pelea por rencillas entre las familias de los protagonistas del evento criminoso y se encuentran inopinadamente occiso y quejoso y aquél sacó un cuchillo, y éste sacó una pistola con la que disparó a su adversario, entablándose entre ellos una actitud mutua de violencia material o sea una contienda de obra en la que vino a participar, en el curso de ella un hermano del quejoso, resulta inconcuso que existió riña como la define el artículo 310 del Código Penal del Estado de Nuevo León, circunstancia modificativa de la sanción penal que por tener relación con el hecho criminoso aprovecha al copartícipe en los términos del artículo 52 del invocado Código Penal.
Precedentes
Amparo directo 2981/55. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 28 de febrero de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Carlos Franco Sodi.