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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 292839
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXI; Pág. 541
REPARACION DEL DAÑO. AUMENTO DE LA PENA EN LA APELACION.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXI; Pág. 541
No puede el tribunal de alzada al conocer de la apelación interpuesta por el acusado, agravar la pena sobre la reparación del daño, pues teniendo ésta el carácter de pena pública, no puede modificarse sin la apelación del Ministerio Público.
Precedentes
Amparo directo 2082/56. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 8 de marzo de 1957. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Juan Jose González Bustamante.