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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 292842
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXI; Pág. 559
CUERPO DEL DELITO. CUANDO DEBE TENERSE SU INTEGRACION COMO VERDAD LEGAL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXXI; Pág. 559
No puede discutirse si se comprobó o no el cuerpo de un delito, en una ejecutoria de amparo, porque su integración debe tenerse como verdad legal, cuando con posterioridad al auto de formal prisión combatido mediante el amparo y la revisión, no se aportaron los elementos de prueba indispensables por el acusado, para destruir las bases en que se fundó el juzgador para dictar sentencia condenatoria en su contra.
Precedentes
Amparo directo 5444/46. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 12 de marzo de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante.