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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 292861
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXX; Pág. 9
CONFESION VICIADA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXX; Pág. 9
Debe ser desestimada totalmente, cuando se demuestre que fue obtenida bajo coacción y violencia, y que no fue recibida por el Agente del Ministerio Público que aparece suscribiendo el acta, y que en la actuación no intervino más que una de las personas que firmaron como testigos de asistencia, sucediendo además que otros elementos dignos de crédito desvirtúan la versión que ella contiene, al mismo tiempo que otras constancias acreditan la disculpa que antes de aquella confesión y después de la misma, sostuvieron los acusados.
Precedentes
Amparo directo 20/56. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 1o. de octubre de 1956. Cinco votos. Ponente: Rodolfo Chávez Sánchez.