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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 292874
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXX; Pág. 59
LEGITIMA DEFENSA, DATOS QUE EVIDENCIAN LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXX; Pág. 59
No es lógico ni racional considerar que el haber disparado el occiso en contra del quejoso con una arma larga, no constituye una agresión actual, violenta y sin derecho, de la que resultara un peligro inminente, y el hecho de que el agredido haya evitado la agresión, tirándose al suelo, únicamente indica que éste obró con prudencia, y no contestó la agresión en forma violenta, y si la autoridad responsable hace la consideración de que es inverosímil lo dicho por el acusado, puesto que si iba armado con una pistola, al disparar en su contra un arma de fuego, instintivamente, debía haber sido llevado a empuñar su pistola y usarla contra sus agresores, es una suposición enteramente gratuita, porque es injusto admitir en contra del quejoso la circunstancia de haber obrado prudentemente, en lugar de emplear la violencia.
Precedentes
Amparo directo 5478/53. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 4 de octubre de 1956. Cinco votos. Ponente: Luis Chico Goerne.