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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 292875
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXX; Pág. 59
BUENA CONDUCTA. DEBE PRESUMIRSE, SIEMPRE QUE NO EXISTAN DATOS QUE LA DESVIRTUEN.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXX; Pág. 59
La Primera Sala de la Suprema Corte ha sentado por mayoría de votos el criterio de que todo acusado tiene a su favor, la presunción juris tantum de su buena conducta anterior, y esta debe tenerse por probada, aunque no exista prueba directa de ella, siempre que no se encuentre en autos prueba en contrario.
Precedentes
Amparo directo 530/55. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 4 de octubre de 1956. Mayoría de tres votos. Disidentes: Luis Chico Goerne y Agustín Mercado Alarcón.