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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 292917
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXX; Pág. 253
COACUSADO, CONFESION DEL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXX; Pág. 253
El atribuirle valor probatorio el juzgador a la confesión del coacusado, en ninguna forma contradice las reglas de la valoración de la prueba, si dicha confesión se mantuvo durante toda la secuela del procedimiento y no se trata del dicho del coacusado que elude su responsabilidad sino que la acepta.
Precedentes
Amparo directo 3496/52. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 16 de octubre de 1956. Cinco votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.